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Qué son las JAL

Son corporaciones públicas de elección popular que se constituyen en el máximo ente de representación política en el ámbito local.
Las funciones asignadas a las JAL han hecho que estas corporaciones se conviertan en protagonistas de primer orden dentro de sus respectivas localidades y a nivel distrital, con atribuciones que abarcan un amplio espectro de temas que además del control político, incluye asuntos normativos, administrativos y comunitarios, en procura de una verdadera descentralización de la ciudad, posibilitando así una mejor democracia participativa.

Funciones 

  • En el campo administrativo, por ejemplo, se encuentra la elección de la terna de candidatos a Alcalde Local, que debe presentarse al Alcalde Mayor para su designación.
  • También corresponde a las JAL, en el transcurso del primer año de su periodo, previa socialización y discusión con las organizaciones sociales, cívicas y comunitarias de la respectiva localidad, discutir la aprobación o no del Plan de Desarrollo Local, el cual debe estar en concordancia con el Plan de Desarrollo de la ciudad.
  • En relación con el punto anterior, cada año en el mes de Diciembre, según lo establece la normatividad, las JAL deben aprobar el presupuesto de inversión de la localidad.
  • Otra de las misiones que le competen a los ediles durante sus cuatro años de gestión es ejercer el control político, tanto a las políticas públicas, como a la administración de la gestión local y distrital; deben vigilar y realizar el respectivo seguimiento al cumplimiento del Plan de Desarrollo Local y a la prestación de los servicios públicos e inversiones que se realicen en sus barrios.
  • Como corporación pública, las Juntas Administradoras Locales tienen entre sus funciones lo que podría denominarse componente normativo. Los ediles pueden presentar proyectos de Acuerdo Local y de carácter distrital ante el Concejo de la ciudad, con el fin de crear actos administrativos tendientes a resolver o atender jurídicamente asuntos propios de cada localidad de su competencia.
  • Como otras de las atribuciones importantes de las JAL están la vigilancia de los asuntos locales, estando atenta a la ejecución de los contratos y formular ante las autoridades recomendaciones sobre estos. Promover la participación y veeduría ciudadana en asuntos públicos; preservar y hacer respetar el espacio público; promover las campañas necesarias para la protección y recuperación de los recursos y del medio ambiente, y ejercer la veeduría que proceda sobre los elementos, maquinaría y demás bienes que la administración distrital destine a la Localidad.

Normatividad

La Junta Administradora Local de Usaquén está regida por el Decreto Ley 1421 de 1993 y bajo el Reglamento Interno de la corporación Acuerdo Local No. 002 de 2003.

Dentro del Reglamento Interno están estipuladas las comisiones permanentes de trabajo y las sesiones ordinarias. Allí se estudian y se debaten los diferentes temas relevantes de la localidad y se discuten proyectos de Acuerdos Locales entre otros.

Las comisiones permanentes de trabajo son:

  • Plan de Desarrollo.
  • Presupuesto.
  • Bienestar Social y Salud.
  • Educación.
  • Cultura y Arte.
  • Obras Publicas.
  • Deportes y Recreación.
  • Seguridad.
  • Medio Ambiente y prevención de desastres.
  • Desarrollo Comunitario y Servicios Públicos.
  • Espacio Público, Tránsito y Transporte.
  • Información y Publicaciones.
  • Mesa Directiva
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